domingo, 14 de diciembre de 2014

Carlos Malamud: La inexistente separación de poderes en Venezuela

Tradicionalmente se sostiene que junto con las elecciones libres y las libertades individuales, la división de poderes es una de las claves de la democracia. Desde Montesquieu se intentó reforzar los mecanismos de control de un poder sobre otro para limitar las derivas autoritarias. Los cheks and balances (pesos y contrapesos) anglosajones se vinculan a esta realidad.
Cuando en 1999 se redactó la Constitución bolivariana, se insistió en ampliar los poderes del estado para potenciar los modos y las formas de la democracia. Finalmente, el texto constitucional recogió la existencia de cinco poderes. A los tres clásicos (ejecutivo, legislativo y judicial) se añadieron el ciudadano y el electoral. Mientras el Poder Ciudadano estaba en manos del Defensor del Pueblo, el Fiscal General y el Contralor General, el Electoral recaía en el Consejo Nacional Electoral.
Pese a aumentarse su número, seguía vigente el criterio de división de poderes, aunque el artículo 136 de la Constitución establece que cada rama del Poder Público tiene sus propias funciones, si bien los órganos competentes colaboran entre sí en cumplimiento de los fines del estado. Sin embargo, los principales centros de influencia del régimen terminaron concluyeron que era un mecanismo poco o nada funcional para sus fines particulares.
En 2009, cercano el décimo aniversario de la Constitución, Luisa Estella Morales, presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y de su Sala Constitucional, abogó por su reforma, al encontrar ciertos aspectos contradictorios con la esencia del régimen. Así, puso el acento en la división de poderes, “un principio que debilita al Estado”.
 Según Morales, la Constitución obliga a las distintas ramas del Poder Público a colaborar y cooperar entre ellas: “La existencia de instituciones como la del Consejo de Estado o el principio de colaboración entre poderes son muy sanos y permiten que el Estado, que es uno, y que el poder, que es uno, dividido en competencias, puedan coordinar, de alguna manera, o sea, una cosa es la separación de los poderes, otra es la división”.
La principal conclusión de semejante manifestación es que en aras de reforzar el papel del estado los poderes deben colaborar entre si, pero no se deben controlar entre ellos, ya que de otro modo “se debilita al estado”. Es precisamente la absoluta falta de control judicial sobre el Poder Ejecutivo venezolano el objeto del libro El TSJ al servicio de la revolución. La toma, los números y los criterios del TSJ venezolano (2004-2013), publicado por Antonio Canova, Luis Alfonso Herrera, Rosa Rodríguez y Giussepe Graterol.
Los hallazgos del libro son demoledores sobre la subordinación absoluta del Poder Judicial al Ejecutivo, uno de los objetivos de los gobiernos populistas latinoamericanos. El caso argentino es uno de los más peculiares, aunque no el único, en este intento de copamiento del Poder Judicial. Resulta curioso que cuando los jueces toman medidas contra algún alto cargo público o invalidan alguna norma aprobada, los mismos gobiernos hablen de maniobras destituyentes o de complicidad con las grandes corporaciones empresariales.
Lo llamativo del caso venezolano es la escasa repercusión que el estudio mencionado ha tenido en los medios de comunicación internacionales, pese a dejar en evidencia la naturaleza del régimen bolivariano y su condición cada vez menos democrática. En su momento, los magistrados de la Sala Constitucional, la misma a la que pertenecía Morales, han señalado expresamente que no les corresponde ser contrapeso del poder público, ya que se impone la colaboración de poderes y no su división. En 2004, la misma Sala rechazó una solicitud de amparo de la Federación Médica Venezolana señalando que las políticas públicas no son objeto de control judicial sino político.
Como apuntan Canova y sus compañeros, la colaboración con el presidente, haya sido Chávez o Maduro, ha sido total, rozando prácticamente la genuflexión. Se convalidaban todas las actuaciones e incluso los deseos gubernamentales. En parte, por temor a ser fagocitado por alguna purga periódica, en parte por conveniencia, a fin de seguir beneficiándose del cargo, pero, en algunos casos también por convicción política, lo cierto es que el Poder Judicial ha dejado de servir a la Justicia para servir al Poder.
Ninguna de las 45.474 sentencias de las salas Constitucional, Contenciosa Administrativa y Electoral del TSJ ha ido contra los intereses del gobierno. Tal ha sido la ejemplaridad de los dos últimos presidentes venezolanos que en esa larga década ninguno violó jamás ningún derecho constitucional. Lo mismo se puede decir de la Asamblea Nacional, ya que el TSJ no anuló ninguna medida aprobada por el parlamento que legislara sobre alguna materia estratégica o sobre la ampliación de las competencias gubernamentales.
En cuanto a la Sala Político Administrativa, como apunta una nota de El Nacional, el libro demuestra que nunca ha cuestionado ninguna política pública del chavismo, “como las expropiaciones de industrias o empresas, el rescate de tierras para fines agrarios, la intervención del gobierno en la economía, las estatizaciones, los controles de divisas, costos y precios, sea en acciones de anulación contra actos administrativos, o en demandas patrimoniales por los daños y perjuicios que en alguna de esas materias haya podido causar; ni siquiera de modo cautelar, ha detenido, entorpecido o de cualquier manera cuestionado la actuación del gobierno”.
Ni en la Venezuela pre chavista ni en prácticamente ningún país del mundo la Justicia es totalmente independiente. Los partidos políticos y los grupos económicos más poderosos tienen múltiples vías de influencia y tratan de ejercerla. Pero la aplastante unanimidad a la hora de fallar a favor del gobierno convierte al TSJ venezolano en una poderosa arma política en manos del presidente. La debilidad creciente de Maduro en vez de facilitar un ejercicio más objetivo de la justicia sólo ha reforzado los controles, obligándola a una obediencia ciega e incondicional. Bajo estas circunstancias, y de no mediar una depuración importante entre los jueces, cualquier intento de castigar los incumplimientos de la ley tras un cambio de gobierno será prácticamente imposible.


Carlos Malamud
La inexistente separación de poderes en Venezuela
Infolatam. Madrid, 14 de diciembre de 2014